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Juzgado de lo Social número 2 de Zaragoza Sentencia de 10 Enero de 2019.

LABORAL. Es obligatorio dar de alta al asistente personal de una persona con discapacidad aunque trabaje sólo 1 hora diaria. La sentencia no aplica la legislación de las personas dependientes que establece que los asistentes profesionales pueden funcionar como autónomos, ha de estarse a la normativa laboral y lo cierto es que en ningún momento hubo facturas ni se especificó así en ningún contrato. Es intrascendente que el empleador desconociese que su asistente no estaba dado de alta como autónomo o que cobrase el desempleo.

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