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Tribunal Supremo. Sentencia de 31 de enero de 2019.

LABORAL. Los abogados han de avisar que no pueden acudir al juicio o que se van a retrasar cuando tienen otro señalamiento. La actuación de la letrada, que no bajó a la otra planta del juzgado para comunicar que tenía que celebrar un juicio en el piso superior y que se demoraría, es calificada como desidia por el Supremo y no puede tener amparo judicial alguno. Se le tiene por desistida en su acción.

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