Novedades JurisprudencialesArticulos y NoticiasConsejo General del Poder JudicialDerecho CivilDerecho ComunitarioDerecho ConstitucionalDerecho Contencioso AdministrativoDerecho MercantilDerecho MilitarDerecho PenalDerecho SocialGuía de asistencia letradaNormativa AutonómicaNormativa EstatalNormativa Estatal UcraniaNormativa Europea Ucrania Buscar en esta categoría: Juzgado de lo Social número 3 de Burgos. Sentencia de 5 de agosto de 2019.LABORAL. DELEGADO SINDICAL. DESPIDO POR ABSENTISMO. PELIGRO DE TRANSMISIÓN DE PATÓGENOS. Procedente despido de un delegado sindical que estuvo en IT durante 9 días en dos meses consecutivos, y durante el año anterior, 24 días. Ello supera los umbrales previstos en el ET. Su ausencia fue por jornadas completas y no parciales. Si tuvo patologías que eran incompatibles con el manual de buenas prácticas de la empresa, debía haberlo comunicado al botiquín para que le encomendasen otras funciones, lo que no hizo. Es cierto que su actividad sindical era muy amplia, pero no es suficiente para entender vulnerada su libertad sindical. Han sido despedidos otros trabajadores por el mismo motivo. En el despido objetivo, no se precisa la comunicación a los representantes legales. Durante una baja, no pueden disfrutarse horas sindicales.
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