Novedades JurisprudencialesArticulos y NoticiasConsejo General del Poder JudicialDerecho CivilDerecho ComunitarioDerecho ConstitucionalDerecho Contencioso AdministrativoDerecho MercantilDerecho MilitarDerecho PenalDerecho SocialGuía de asistencia letradaNormativa AutonómicaNormativa EstatalNormativa Estatal UcraniaNormativa Europea Ucrania Buscar en esta categoría: Audiencia Provincial de Pontevedra. Sentencia de 6 de mayo de 2019.DELITO CONTRA LOS TRABAJADORES Y SEGURIDAD SOCIAL. CONDENADOS DOS EMPRESARIOS QUE SOLO DABAN DOS DÍAS LIBRES AL AÑO A SUS TRABAJADORES. Aunque el convenio vigente del sector de panaderías permite a ambas partes establecer jornadas de trabajo en domingo y festivos, ese tiempo de trabajo debe ser retribuido como horas extraordinarias… En este caso, los empresarios no abonaban a los trabajadores la remuneración correspondiente a horas extraordinarias, ocultando dicha circunstancia en las cotizaciones de la Seguridad Social. En total, entre el periodo comprendido entre enero de 2013 y 2017, los empleados acumularon un total de 203 sábados y 253 domingos trabajados sin percibir el importe correcto, generando una deuda de 238.734 euros.
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