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El Tribunal Constitucional concede amparo y confirma que existe vulneración a la tutela judicial efectiva llevar a cabo la notificación por edictos, sin antes agotar todas las vías posibles de averiguación del domicilio del demandado-ejecutado.

Según el TC, en su sentencia de 22 de enero de 2018, el órgano judicial no desarrolló ninguna actividad de averiguación de un domicilio alternativo de la recurrente que, por otra parte, tampoco aparecía como compleja habida cuenta de que el domicilio real de la demandante aparecía en la escritura del contrato de hipoteca del bien que se pretendía ejecutar.

Según el TC., en su Sentencia del 22 de enero de 2018, el órgano judicial no desarrolló ninguna actividad de averiguación de un domicilio alternativo de la recurrente que, por otra parte, tampoco aparecía como compleja habida cuenta de que el domicilio real de la demandante aparecía en la escritura del contrato de hipoteca del bien que se pretendía ejecutar.

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