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Nuevo informe sobre la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Mercantil

El Consejo General de la Abogacía Española aporta un nuevo informe redactado por la Subcomisión de Prevención de Blanqueo de Capitales.

02/01/2020.- El Consejo General de la Abogacía Española ha remitido a los Colegios un informe sobre “la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Mercantil de las profesiones colegiadas”, redactado por la Subcomisión de Prevención de Blanqueo de Capitales, ampliando con éste los ya enviados sobre esta misma materia el pasado mes de julio.

Igualmente, también ha remitido la Orden JUS/1256/2019, de 26 de diciembre, sobre la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas o jurídicas que de forma empresarial o profesional prestan los servicios descritos en el artículo 2.1.0) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, publicada en el BOE del pasado 28 de diciembre, y la propuesta de Guía de Registro de Proveedores de Servicios Societarios y Fideicomisos tipo trust, publicada por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. 

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