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Protocolo de seguridad en los despachos

La Junta de Gobierno publica un documento con las medidas a adoptar ante la reanudación de la actividad profesional y judicial.

01/06/2020.- Ante la inminente apertura de los plazos procesales y, con ello, la vuelta a la actividad judicial, la Junta de Gobierno ha emitido un protocolo de medidas a adoptar para garantizar la seguridad y la salud tanto de los colegiados/as como de sus clientes.

PROTOCOLO DE SEGURIDAD ANTE LA REANUDACIÓN DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL Y JUDICIAL

1. Medidas en el puesto de trabajo:
- Ventilar frecuentemente el despacho o sala de trabajo, abriendo ventanas.
-Desinfectar convenientemente las zonas comunes y despachos de trabajo, en especial mesas, sillas, teclado, ratón, manillas, fotocopiadora, escáner, etc.
-Mantener la distancia de seguridad de 2 metros y evitar el contacto directo entre compañeros o empleados del despacho, colocando, si fuera preciso, marcas en el suelo.
-Evitar la concurrencia en zonas comunes.
-En despachos con un número significativo de personal, tratar – en la medida de lo posible - de establecer turnos para evitar la concurrencia en las instalaciones y/o despachos, fomentando el teletrabajo.
- Si se diese sintomatología, abandonar el puesto de trabajo dirigiéndose al domicilio, evitando el contacto cercano con los compañeros e informando de la situación.

2. Atención al público:
- Evitar, en la medida de lo posible, citas presenciales. Primeramente, intentar solventar las consultas por medios telemáticos o telefónicos. Recurrir a la cita presencial sólo si es estrictamente necesario.
-En caso de concertarse citas presenciales, evitar el contacto directo con el cliente y establecer una distancia de al menos 2 metros de separación, con marcas en el suelo.
-Una vez concertada la cita, indicar al cliente que debe comparecer provisto de los adecuados medios de protección (mascarilla, si dispone de ella, así como guantes), incluso de bolígrafo propio. Asimismo, y de ser necesaria la entrega de documentación, de ser posible, indicar al cliente que la envíe por correo electrónico para su estudio previo y evitar que éste se produzca en el momento de la cita, lo que impedirá el manejo de la documentación sin espera de los tiempos necesarios para que la misma se encuentre libre de virus.
-Las citas deberán distanciarlas en horario para evitar la coincidencia de personas, procediendo a la limpieza de la zona entre visitas.
-Se recomienda dotar el despacho de geles desinfectantes para manos a la entrada, así como guantes y, en su caso, mascarillas.
-Se recomienda no tener alfombras, ni tapetes para el suelo.
-Lavarse adecuadamente las manos tras recibir a clientes, aunque no se haya mantenido contacto directo, así como evitar el contacto de las mismas con boca, nariz y ojos, para no contaminar a otras personas, superficies u objetos.
-No compartir bolígrafos o material de oficina. En el caso de ser necesario su uso y no disponer el cliente de material, se le proporcionará uno que, una vez utilizado, se limpiará adecuadamente con una mezcla de agua y lejía o, en su caso, con alcohol.
-En la medida de lo posible, efectuar las consultas en sala distinta al despacho de trabajo. Es recomendable la instalación de mampara protectora en la sala o despacho donde se vaya a realizar atención al público o, en su caso, utilizar pantalla protectora.
-En todo caso, se recomienda la utilización de mascarilla para mantener consultas o, en su caso, pantalla protectora.

3. Gestión de reuniones:
-Tratar de evitar reuniones presenciales, promoviendo reuniones telemáticas.
-Si no puede ser reemplazada, tratar de reducir el número de personas. Respetar distancia de seguridad entre sus participantes.
-Ventilar convenientemente las salas antes y después de la reunión, desinfectando mesas, sillas, etc.
-Utilización de bolígrafos propios, evitando compartir cualquier material de oficina.
-Facilitar la desinfección de manos mediante lavado o solución hidroalcohólica.
-En todo caso, se recomienda la utilización de mascarilla para mantener reuniones.

4. Actividad judicial:
Según la Orden JUS/394/2020, de 8 de mayo, por la que se aprueba el Esquema de Seguridad Laboral y el Plan de Desescalada para la Administración de Justicia ante el COVID-19 y en lo que afecta al acceso a las instalaciones judiciales por parte de las letradas y letrados:
-Se establece la distancia social de dos metros como medida principal de protección colectiva, tanto en puestos de trabajo como en las zonas de acceso, espera y espacios de atención al público para evitar la acumulación de personas.
-La atención al público se hará vía telefónica o a través de correo electrónico (que se publicará en la página web que se indique en cada ámbito territorial). Si resulta imprescindible acudir a la sede judicial, será necesaria concertar cita.
-Al acceder a la sede judicial, se comunicará en el control de acceso de la entrada su recorrido, para evitar cualquier prolongación de su presencia.
-Se organizará el acceso de usuarios que permanecerán en el exterior del Juzgado en espera de acceder cuando lo permita el aforo, para guardar rigurosamente la distancia de seguridad, disponiéndose de geles de base alcohólica o soluciones hidroalcohólicas en lugares visibles y de fácil localización, debiendo ser utilizados sistemáticamente tras rebasar la puerta de la sede judicial.
-Se deberá acceder a las sedes judiciales provistos de mascarilla propia y utilizar gel desinfectante en las manos.
-Habrá señales, balizamientos o cintas de separación para mantener la adecuada distancia interpersonal, existiendo además carteles informativos visibles con las indicaciones de seguridad de obligatoria observancia.
-Recordad asimismo que no será necesario el uso de togas.
-En cuanto a las asistencias en sede policial y judicial en actuaciones urgentes y/o en servicio de guardia o asistencia al detenido, nos remitimos a las directrices ya expuestas en la Circular 39/2020 en relación a facilitarse la entrevista reservada telefónica o en todo caso, dotar al profesional de las medidas y medios necesarios, incluyendo los oportunos EPI’s. No obstante, se recomienda disponer de medios propios.
-Respecto a la documentación y trámites relativos al turno de oficio, nos remitimos a lo expuesto en la Circular 51/2020.

 

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