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La Abogacía asturiana consigue que la Viceconsejería de Justicia revise al alza los baremos de la Justicia Gratuita

La propuesta de modificación del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita que ha elaborado la Viceconsejería de Justicia, y que señala un incremento del 4,5 % sobre todos los conceptos retributivos y cantidades previstas actualmente en dicho Anexo II, deberá ser ahora aprobado por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

03/06/2020.- COMUNICADO CONJUNTO DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE LA ABOGACIA ASTURIANA (ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE OVIEDO e ILUSTRE COLEGIO DE LA ABOGACIA DE GIJON)

Retribuciones del Nuevo Reglamento de Asistencia Justicia Gratuita.

Estimada compañera, estimado compañero:

Mediante la Circular 110/2020, de 15 de mayo, se puso en conocimiento del censo colegial, la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del Decreto 13/2020, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias, al tiempo que se  informó de la realización de gestiones por parte del Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón y del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo en aras a conseguir que la Administración autonómica asturiana procediera a revisar al alza las cantidades previstas en el Anexo II (Módulos y Bases de compensación económica).

Dichas gestiones han cristalizado en una propuesta de modificación del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita que ha elaborado la Viceconsejería de Justicia, para su aprobación por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias. Propuesta de modificación que los informes jurídicos de la Administración autonómica consideran como el cauce más adecuado para atender nuestras reivindicaciones colegiales y llevar a cabo el incremento retributivo finalmente concedido.

En dicha propuesta se establece un incremento del 4,5 % sobre todos los conceptos retributivos y cantidades previstas actualmente en dicho Anexo II. Igualmente dicha propuesta establece que todo ello tenga plenos efectos desde el día 4 de junio de 2020 (fecha de entrada en vigor del nuevo reglamento); aplicándose por tanto, con carácter retroactivo, estos nuevos módulos y bases de compensación económica.

Así viene expresamente recogido en la Nota informativa sobre actualización de Baremos del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita emitida por la Viceconsejería de Justicia, en fecha 1 de junio de 2020, donde se declara la procedencia de las reivindicaciones formuladas por los Colegios de Abogados de Oviedo y de la Abogacía de Gijón, reiteradas en las últimas reuniones y conversaciones mantenidas. Se adjunta dicha Nota en formato pdf.

En vista de lo expuesto, sin perjuicio de las adaptaciones organizativas y de regulación que estamos realizando en ambos Colegios profesionales y de las cuales os venimos dando cuenta, consideramos que dicho Reglamento supone una mejora del sistema retributivo de la labor de los profesionales que intervienen en el ámbito de la Asistencia Jurídica Gratuita.

Pudiendo significar, entre otras, las siguientes cuestiones:

Creación de una nueva guardia para asistencia a las víctimas de terrorismo y trata de seres humanos, así como a los menores de edad y personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, que sean víctimas de abuso o maltrato, en la que se retribuye cada asistencia prestada, como igualmente la disponibilidad si no se requiriera asistencia en el servicio de guardia.

Importante incremento retributivo de las asistencias a las víctimas de la guardia de violencia de género cifrado en un 40% del importe previsto para las asistencias en las que medie denuncia o solicitud de orden de protección y de un 90% para aquellas asistencias que no deriven en intervención inmediata en el Juzgado pero que se realicen presencialmente o telefónicamente y generen la obligación de continuar la defensa hasta que efectivamente se produzca la denuncia policial o judicial.

Incremento de la retribución de los procedimientos con tribunal del jurado y de los procedimientos penales de especial complejidad en un porcentaje cercano al 90%.

Relevante la introducción de actuaciones procesales para las que no estaba prevista ninguna remuneración pese a ser realizadas en el marco de las designaciones que se venían efectuando. Es el caso de las medidas cautelares civiles y administrativas, los procedimientos de mutuo acuerdo en materia de familia que incluyan liquidación de la sociedad de gananciales (que incrementan su retribución respecto del mutuo acuerdo sin liquidación en más de un 60%).

Serán también retribuidas las asistencias a la comparecencia de prisión o las solicitudes de medidas cautelares penales, la presentación de incidentes de nulidad de actuaciones en cualquier orden jurisdiccional (cuando no sea necesario la reiteración de trámites procesales), las solicitudes de anulación de sentencia dictada en rebeldía o el recurso extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Superior de Justicia.

Se establece que deberá abonarse una cuantía superior cuando la actuación consista en la defensa o acusación en un procedimiento abreviado penal que sea competencia de la Audiencia Provincial, diferenciándose por tanto de la retribución de los procedimientos abreviados ante el Juzgado de lo Penal.

- Igualmente se ha conseguido un incremento del 50% en la retribución prevista para cada procedimiento concreto en los siguientes supuestos: actuación en calidad de acusación y defensa en cualquier procedimiento penal, procedimientos civiles en los que se plantee reconvención, o en aquellos supuestos en que tras haberse declarado una nulidad de actuaciones, sea necesario repetir trámites procesales.

Es importante reseñar que al propio tiempo se mantiene la actualización anual automática de las retribuciones establecidas en los baremos, conforme al incremento de las retribuciones del personal funcionario del Principado de Asturias.

El Ilustre Colegio de la Abogacía de Gijón y el Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo seguirán, de forma unida y coordinada, trabajando en la defensa de los intereses de todos sus abogados y abogadas, así como del sistema de gestión y retribución de la Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias.

De todo lo cual os iremos informando puntualmente.

NOTA INFORMATIVA VICECONSEJERÍA JUSTICIA

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