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Juzgado Primera Instancia número 3 de Móstoles. Sentencia de 7 de octubre de 2019.

ABSUELVEN A UN ACUSADO QUE DIO POSITIVO EN EL CONTROL DE ALCOHOLEMIA AL NO PODER DEMOSTRARSE QUE CONDUCÍA EL VEHÍCULO. EL ACUSADO SE ENCONTRABA PARADO DENTRO DE SU VEHÍCULO EN LA CALLE Y ALEGÓ QUE SE ENCONTRABA DESCANSANDO Y DURMIENDO. AUNQUE SUPERASE LOS LÍMITES DE ALCOHOL EN SANGRE LEGALMENTE PERMITIDOS, NO PUDO PROBARSE QUE CONDUJERA EL VEHÍCULO. Aplicación de la doctrina constitucional sobre presunción de inocencia. “El Juzgador, de acuerdo con el art. 741 de la Lev de Enjuiciamiento Criminal, valora y, como consecuencia, como indican las SS.T.S. de 8 de junio y 22 de octubre de I989, si en esa valoración se introduce un elemento de duda razonable y lógico respecto a la realidad de los hechos o a la existencia de elementos psicológicos, debe absolver”.

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