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El Tribunal Supremo permite a los abogados aplicar reducciones fiscales a las rentas obtenidas en litigios de más de dos años

El TS dictó el pasado mes de marzo una sentencia en la que fija nueva doctrina sobre reducciones fiscales

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TS dictó el pasado 19 de marzo una sentencia en la que fija nueva doctrina sobre reducciones fiscales, diciendo que para determinar si estamos ante un supuesto al que se le aplica la excepción de la reducción, debe atenderse a la actividad que desarrolla el interesado, e incluso enfatiza que el ejercicio de la actividad de la Abogacía da lugar a la existencia de rendimientos derivados de la asistencia jurídica en procedimientos judiciales que se alargan en el tiempo.


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