Con fecha 24 de marzo de 2021, el Boletín Oficial del Estado publicó el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General aprobado por Real Decreto 658/2021, de 22 de junio.
La exposición de motivos no ignora ese lapso, aludiendo a los muchos y trascendentales cambios normativos que la sociedad española ha experimentado (sic). Esta circunstancia imponía su adaptación a fin de incorporar, entre otros, los operados en el marco regulador de los Colegios Profesionales por la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, incorporada al Derecho Interno a través de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, de libre acceso a las actividades de servicio y a su ejercicio, y de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
En congruencia con lo anterior, la disposición final tercera del nuevo Estatuto General de la Abogacía Española – Revisión y adaptación de normativa -, en su apartado segundo, establece que los Colegios de la Abogacía, que aplicarán ese Real Decreto desde su entrada en vigor, deberán adaptar sus correspondientes Estatutos particulares y sus normas deontológicas, si dispusieran de ellas, en el plazo de un año, aprobándose en la forma prevista en el artículo 70 del propio Estatuto General y remitiéndose al Consejo General para su perceptiva aprobación.
En este sentido, atendiendo a la naturaleza de nuestros Estatutos y las posibles modificaciones a introducir en su articulado, parece adecuado fomentar la participación de los colegiados en este procedimiento en aras a la máxima observancia de los principios de trasparencia y publicidad, recabando las primeras propuestas de nuestros compañeros respecto de esta revisión y adaptación.
En atención a lo expuesto, esta Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 23 de julio de 2021 en el Partido Judicial de Infiesto y, a propuesta del Sr. Decano, acuerda iniciar el procedimiento de modificación de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo para su revisión y adaptación al nuevo Estatuto General de la Abogacía, mediante la apertura de un trámite de consulta pública a través de la página electrónica institucional en la que se recabará la opinión de los colegiados sobre la futura norma, pudiendo presentar observaciones o sugerencias por un plazo de dos meses a contar desde la fecha de su publicación.