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Audiencia Provincial de Oviedo. Sentencia de 24 de abril de 2020.

BANCARIO: BANCO CETELEM, S.A.U. CONTRATO DE TARJETA DE CRÉDITO. NULIDAD POR USURARIO. 25,64%TAE. “ha de efectuarse la comparación con los intereses del mercado de tarjetas de crédito, mas también es cierto que en el presente caso habiéndose concertado el contrato el 29 de julio de 2.004 a esta fecha ha de estarse aún cuando la tarjeta no se utilizara hasta el 2.008, y siendo ello así, …, , ha de estarse, …, a los intereses de los créditos al consumo, que en aquella época era de 7,27%”. Se revoca la sentencia en el único extremo de diferir para ejecución de sentencia la determinación de la cantidad que habrá de ser satisfecha en su caso y que es un efecto ex lege de la declaración de nulidad. IMPOSICIÓN DE COSTAS

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